lunes, 4 de junio de 2012

La historia no contada de la pastora aymara condenada por extraviar a su hijo

En julio de 2007 Gabriela Blas cuidaba llamos en el altiplano. Dos animales se perdieron. Dejó sólo a su hijo -de tres años- para ir a buscarlos. Al volver no encontró al niño. El cuerpo de Domingo Eloy aparecería en diciembre de 2008. La misma mujer dio aviso a la policía, pero fue detenida y responsabilizada por la muerte. Pasó tres años en prisión preventiva y denunció maltrato policial. Fue condenada a 10 años en un juicio que luego fue anulado, pero en el segundo proceso la pena se elevó a 12 años. Diversas organizaciones solicitaron el indulto del Presidente Piñera. El martes 29 el Mandatario respondió: sólo le rebajó la pena a seis años. Esta es la historia de Gabriela Blas y de su amargo periplo por unidades policiales y tribunales. La investigó Gabriel Galaz, un estudiante de Periodismo de la U. Alberto Hurtado que abordó al caso hasta en sus mínimos detalles para redactar su tesis.

ESTANCIA CAICONE, 23 DE JULIO DE 2007

Gabriela Blas no encontraba a su hijo. Una hora antes dejó a Domingo Eloy, de tres años y 11 meses, sobre un aguayo y con una manta mientras iba por dos llamas rezagadas. Cuidaba el ganado de Cirilo Silvestre. Eran las seis de la tarde y oscurecía. Miraba en todas direcciones. Su hijo no era tan pequeño como para perderse entre las piedras y la paja brava. Estaba sola en la árida pampa del altiplano de Arica, rodeada por las crestas de las montañas que cortaban el horizonte cada vez más anochecido. Gabriela Blas declaró tiempo después que llamó y llamó a Domingo Eloy. Le respondía el viento helado que golpeaba sus oídos.
La casa donde alojaban estaba a un kilómetro. Detrás de una loma. «Quizás se fue para allá», pensó ella. Dejó todo y partió. Buscó en las tres cabañas de la estancia. «¡Domingo! ¡Hijo!». Los perros ladraban. Esa mañana su hijo no quiso ponerse zapatillas. Salió con chalas. Tampoco llevó su parka. Nada le permitiría soportar a la intemperie los 20 grados bajo cero de esa noche.


Pensó que el niño pudo tomar otro camino que rodeaba la loma. Salió a su encuentro, pero de nuevo estaba sola en el mismo lugar donde lo vio por última vez. La luna nueva apenas permitía distinguir el suelo. Gritó con más fuerza «¡Domingo! ¡Dominguito!». Se movió rápido para soportar el frío. Cuando no pudo más, tomó el aguayo, la manta, una radio a pilas y arreó la “tropa” -como le llaman al rebaño-, hacia los corrales.
Tres años más tarde, Gabriela Blas recordaba cada detalle. «Domingo tenía gorro celeste tejido a palillo, su polera mangas cortas color rojo, aquí adelante con dibujo de un auto. Y después un polerón con mangas largas azul. Y arriba, de chaleco, tenía un polar. Verde cuellos y el cierre, y el puño es azul. Tenía su ropa interior color verde. Su panty, tejido, color gris y el pantalón, buzo, azul con ambos lados cinta roja. Y tenía calcetín tejido a palillo», declaró.
Recordaba que al llegar a la casa prendió el fuego de la cocina y sintonizó Radio Parinacota que anunció la hora. Eran las nueve. Recordaba que, al igual que los días anteriores, se levantó a las seis. Le preparó leche a su hijo. Cocinó guiso de fideos para el almuerzo. Que a su hijo le llevó de colación un yogurt, galletas y una mandarina. Para ella, charqui de llama y una botella de agua con jugo de sobre. Que a las ocho salieron con la “tropa” de 150 animales hacia el rincón del cerro Titire. Que la caminata duró dos horas. Cargaba a Domingo Eloy en su espalda, sujetado con el aguayo. A ratos lo dejaba corretear. En el lugar prendió un fuego para espantar al zorro. Sacó su tejido, sintonizó la radio y se sentó con el niño a vigilar los animales.


 

Recordaba que no conversaron mucho. Gabriela Blas estaba en su período. Se cansaba más que de costumbre. Domingo Eloy le preguntó cuándo irían donde sus primos a ver televisión. Sacó las cuentas. Era el sexto día. En diez volvían a Alcérreca. A las dos de la tarde apagó el fuego para regresar. Llegaba la “sombra” y con ella el frío. Era la noche que llegaba por el este.

Recordaba que caminaba al final de la tropa con el niño en el aguayo, la radio prendida y que tejía. Se equivocó de punto al llegar a una pirca. Se distrajo. Revisó el rebaño. Faltaban dos llamos. Le pagaban tres mil pesos. Cada llamo costaba unos 30 mil pesos. El salario de esos quince días de trabajo no le alcanzaría para pagar los animales perdidos. Recordaba que bajó a Domingo Eloy de su espalda. Lo sentó en el aguayo y le dijo: «Domingo: el llamo se quedó atrás. Tengo que ir a buscar y me vas a esperar, ¿ya hijito?». «Ya mamá, ¡pero vuelves rápido!».

Se acordó de las huellas. Tres años más tarde, en el juicio en su contra por abandono con resultado de muerte, relató a los jueces del Tribunal Oral de Arica que dejó al niño a unos metros de la pirca, porque si había un temblor podría caerle una piedra encima. También les dijo que no buscó el rastro de su hijo. Sabía que eso era lo primero que debía hacer.

A las seis de la mañana del día siguiente se paró sobre la loma frente a la casa. Repasó con la mirada la tierra tras el cuerpo de su hijo. Nada. Si estaba afuera, estaba muerto. Alimentó a los perros y dos animales huachos que le había encargado Cirilo Silvestre. A las ocho llevó la “tropa” donde se le había perdido el niño.

Descubrió las huellas de Domingo Eloy. Iban al noreste. Era bueno para caminar. Bajaba por la quebrada Huaylas hasta la casa de sus abuelos. Siguió el rastro por dos kilómetros, hasta una salina que llaman Laguna Blanca, donde las marcas desaparecían.

El sol clavado sobre su cabeza marcaba el mediodía. Debía pedir ayuda a su familia. Regresó a Alcérreca por la línea del antiguo tren Arica-La Paz. Caminaba con remordimiento y miedo. No había seguido las huellas. Gabriela Blas no sabía que el rastro perdido de Domingo Eloy la llevaría por retenes de Carabineros, tres años de prisión preventiva, la pérdida de otro hijo, dos juicios y dos condenas. Las huellas de su hijo terminaban con ella en la cárcel de Acha, en Arica.

I.

Alcérreca es un caserío ubicado a 3.800 metros sobre el nivel del mar y a 197 kilómetros de Arica. Tiene una treintena de casas de adobe y techos de paja o zinc. Hay una plazuela donde está la escuela, una estación del antiguo ferrocarril Arica-La Paz y un retén de Carabineros. Lo habitan tres familias. Llega un bus una vez a la semana: Transportes Gatica. Sale de Arica al mediodía. Se va por el valle del río Lluta. Pasado Putre serpentea hacia el norte por la ladera poniente del volcán Nevados de Putre. A mitad de camino un letrero advierte: «Sr. Turista: Ud. se encuentra a una altura de 5.250 m.s.n.m.».

El poblado pertenece a la comuna General Lagos. Una zona conocida como Altos de Arica. Limita al este con Bolivia y al oeste con Perú. Es exactamente la punta de Chile. La altura varía entre los 3.800 y 4.500 metros sobre el nivel del mar. Siete de cada diez habitantes son aymaras.

El clima es duro. De noviembre a marzo es el “invierno boliviano”. Las lluvias arrastran caminos, casas, ganado, minas antipersonales. El resto del año es seco y frío. Los meses más helados son julio y agosto. En el día la temperatura promedio es de -1° C y en la noche baja hasta los -10° C.

El retén de Carabineros de Alcérreca tiene una dotación de tres funcionarios. Su mayor preocupación son los “burreros” que cruzan la frontera con droga. La gente del lugar no es problema. Son en su mayoría mujeres y ancianos. Salen de madrugada a la pampa a pastorear y vuelven al atardecer.

En Chile los aymaras son alrededor de 48 mil personas. Se concentran en Arica e Iquique, donde viven cerca de 23 mil y 9 mil, respectivamente. El artículo Estimado indígena y pobreza indígena regional con datos censales y encuestas de hogares (2010), señala que un tercio de ellos está bajo la línea de la pobreza. Es decir, según la última encuesta Casen (2009), sus hogares cuentan con menos de 43 mil pesos para el mes.

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Gabriela del Carmen Blas Blas nació el 2 de febrero de 1983 en Fondo Huaylas, o de Huaylillas, diez kilómetros al norponiente de Alcérreca. El lugar está literalmente “al fondo” de la quebrada del río Huaylas. Es un rincón al que se llega luego de una hora de caminata. Su familia pertenece a dos comunidades aymaras inscritas en la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi).

Su padre es Raimundo Blas Choque y la madre Ramona Blas Alave. Él tiene 78 años; ella 73. Hablan poco castellano. Su lengua es el aymara. Ramona Blas es evangélica. En cambio Raimundo cree en las “costumbres”. Así llaman a los mitos y ritos heredadas de la tradición cultural aymara.

El certificado de matrimonio dice que la pareja se casó en Putre el 7 de agosto de 1978. Como es la “costumbre”, el hombre se llevó a las tierras de su familia a la mujer para que fuera su esposa. Ramona era de Alcérreca. Tuvieron siete hijos. Todos nacidos en Fondo Huaylas. Gabriela Blas es la penúltima. El menor murió a los siete años. Tres viven en Arica y dos en localidades cerca de la casa paterna.

 

Dicen los que viven en esos lugares que son pastores «desde siempre». Hay dos tipos de pastores: los “kamiris”, dueños de tierras y gran cantidad de ganado, y los que pastorean “al partir”. Se los llama así porque cuidan ganado ajeno y deben dejar sus hogares mientras dura el trabajo. Reciben un salario precario o se reparten las ganancias con el dueño.

El pastor sale a pampa abierta. No hay cercos. Dependiendo del número de ganado va solo o acompañado. Para un centenar de animales basta con uno. En tiempo del invierno boliviano llevan la “tropa” a los cerros. El resto del año se usa un sistema de alternancia que llaman “pastorear en el seco”. Se lleva a la “tropa” un par de días «a los cerritos, pampas, las quebradas, en todo los lugares», cuenta Gladys Vásquez Poma, pastora “kamiri”. Luego se los lleva un día a las riveras de ríos, humedales o vegas, donde crece el bofedal.
La mayor preocupación no son las minas antipersonales que las aguas del invierno boliviano se llevó quién sabe dónde. Tampoco el ataque de un zorro, puma o cóndor. Lo que más temen es perder un animal, porque son descontados por el dueño. A veces no se alcanza a pagarlos con el sueldo.

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Gabriela Blas aprendió a pastorear a los seis años donde su hermana Lucía en Pahuta, 18 kilómetros al noreste de Alcérreca. Vivió tres años con ella, que ya estaba casada. Sus padres no tenían dinero para mantener la familia. En la mañana caminaba 11 kilómetros a la escuela en Ancocalani. En la tarde ayudaba con el cuidado de su sobrino. El fin de semana llevaba el ganado a pastar. Su recuerdo de aquella época es de maltrato: «Me golpeaban siempre», declaró.

A los nueve regresó a Fondo Huaylas. Vivía con su madre y su hermano Cecilio, tres años mayor. Caminaban juntos 10 kilómetros para ir a la escuela de Alcérreca. El único profesor era Pedro Taucanea. Llegó hasta 6º básico. A Cecilio se le permitió continuar los estudios en un internado en Visviri. En cambio, Gabriela Blas, con 12 años, debió quedarse para ayudar en la casa. La mayor parte del día lo pasaba al cuidado del ganado familiar: 40 ovejas y 20 llamas.

Cecilio era su amigo y confidente. La persona más cercana en su hogar. Sus hermanas mayores vivían en otros poblados. Su padre trabajaba en Arica. Gabriela Blas declaró que la relación con la madre era distante. A los 15 años tuvo su primera relación sexual. Era 1998 y fue con Cecilio. Mantuvieron encuentros sexuales esporádicos, cuando él iba de visita a Fondo Huaylas. No se lo contaron a nadie.

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El 4 agosto de 1999, Cecilio Blas denunció en la Tenencia de Carabineros de Visviri que su hermana Gabriela había sido violada por Alejandro Blas Alave, un tío por el lado materno.

Gabriela Blas constató las lesiones en el consultorio de Visviri. Hubo un careo con el imputado. La Policía de Investigaciones tomó declaraciones. El Servicio Médico Legal realizó un peritaje cuyo informe concluía: “Examen compatible con lo narrado”. Alejandro Blas Alave declaró que su sobrina había consentido tener relaciones sexuales con él. Luego de tres meses el 2º Juzgado del Crimen de Arica decretó el sobreseimiento temporal de la causa.

Gabriela Blas quedó embarazada. Los padres la mandaron a Arica a tener la guagua. Se quedó en la casa de su hermano Víctor. El 10 de abril de 2000 nació Ricardo Elías. El niño tenía problemas en las caderas y un deterioro neuronal. Necesitaba cuidados especiales. La madre, de 17 años, no se podía hacer cargo. La responsabilidad la asumió Víctor. El 2006 Gabriela Blas le entregó la tuición.

Dos años después de la denuncia demandó a su tío por la paternidad. Alejandro Blas Alave la asumió voluntariamente. Pero sus padres y hermanos le reprochaban haber denunciado a su tío. «La postura sancionadora de la familia, que le atribuyó cierta cuota de responsabilidad en su embarazo, incrementa el distanciamiento de la familia hacia Gabriela», señaló la asistente social Amelia Challapa en un peritaje social.
A fines de ese año, Gabriela Blas regresó a Fondo Huaylas. Sin embargo, consiguió trabajo como ayudante de cocina en un restaurante de paso en Zapahuira, 30 kilómetros al sur de Putre. En el local conoció a Eloy García, un chofer de camiones de la empresa Quiborax. Tuvieron una relación sentimental esporádica. Se veían solo cuando García pasaba por el lugar. A los seis meses, Gabriela Blas quedó embarazada. El hombre no quería saber nada de hijos. Ella regresó a Fondo Huaylas. El 8 de agosto de 2003 nació Domingo Eloy. El parto fue en la casa, atendido por el padre de Gabriela.

Criaba a su hijo y trabajaba como pastora “al partir”. Cuando tenía que estar varios días fuera, dejaba a Domingo Eloy al cuidado de su hermana Emiliana, que vivía con su marido en Alcérreca.

Se reencontró con su hermano Cecilio. En enero y febrero de 2006 se fueron a trabajar a Pozo Almonte. Convivieron dos meses. Quedó embarazada. Gabriela Blas partió a la casa de su tía Celedonia Choque en Arica. Los hermanos no querían que su familia se enterara de la relación.

Claudia Nataly Montserrat nació en el Hospital de Arica el 20 de noviembre de 2006. La niña fue llevada a la Corporación para la Nutrición Infantil (Conin) de esa ciudad. Sobre las razones por las que terminó en esa institución hay distintas versiones. La perito Amelia Challapa señaló que en el hospital Gabriela Blas hizo “efectiva la voluntad de ella y de su hermano de hacer entrega de la menor para que sea adoptada”. Inés Flores, facilitadora intercultural de la Defensoría Penal Pública, señaló en un informe que Gabriela Blas dejó a su hija encargada a Cecilio, porque debió viajar a Alcérreca por unos días. Cecilio Blas declaró que fue a dejar a su hija al centro «por un consejo de un amigo, de apellido González». «La idea era dejar a la niña los primeros seis meses y luego retirarla. Ambos decidimos que la niña estuviera en Conin», señaló. Gabriela Blas declaró que la dejó encargada a Cecilio y a la esposa del amigo «de apellido González». «Ella me prometió por cinco días me lo iba a cuidar», aseguró Gabriela Blas. Cuando regresó, ya estaba en Conin y nunca la pudo recuperar.

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Gabriela Blas habla castellano y aymara. La casa de Fondo Huaylas está en tierras de su familia paterna. Lucía y Emiliana Blas, hermanas de Gabriela, viven en las comunidades de sus maridos. «Es común que las mujeres salgan a casarse con otras familias, y al revés, cuando los jóvenes arman parejas traen su mujer», advierte Hans Gundermann, antropólogo y director del Instituto de Investigaciones Arqueológicas y del Museo R. P. Gustavo Le Paige S.J..

Siguiendo las “costumbres”, en diciembre de 2005 Gabriela hizo el “rutuchi” o bautizo de “corte de pelo” de su hijo Domingo Eloy. «Consiste hacer el primer corte de pelo (real o simbólico) por parte del padrino o la madrina en un ritual ofrecido a las divinidades», señala el texto Pautas de crianza Aymara (2006).
Se valora que los menores sean autónomos dentro del hogar. Usan la economía como método de aprendizaje. El bautizo de “corte de pelo” sigue esa lógica. «Como parte del ritual, les entregan un par de llamas, que es su primer capital», señala Vivian Gavilán, académica de la Universidad de Tarapáca, especializada en temas de género en las comunidades indígenas del norte: «Esa independencia a veces lleva a pensar que a los niños los abandonan o explotan».

La sexualidad se vive desde una edad temprana. Es algo natural. «La menarquia da pie a un apetito sexual importante», explica Gavilán. «Que las chicas tengan sexo en el campo no sorprende a nadie. Es lo que debe ser en términos biológicos y que al mismo tiempo son sociales».

El matrimonio es relevante porque significa la reproducción y supervivencia de la comunidad. Pesa más la opinión de una persona casada que la de una soltera. La unión matrimonial no se disuelve bajo ningún punto de vista. «La sanción es terrible», cuenta la antropóloga. Puede haber infidelidad y violencia. «El castigo físico se considera como algo normal», señala Gavilán. Sin embargo, el sistema normativo tradicional aymara lo sanciona. Igual que los hijos fuera del matrimonio o el incesto. «Pero los arreglos se hacen internamente». Ningún problema se judicializa.

II.

El martes 24 de julio de 2007 Gabriela Blas buscó a su hijo hasta el mediodía. No lo encontró y regresó a Alcérreca. «¡Dónde voy a poder ir! No conozco para Humapalca. No conozco para Tacora, me queda lejos, igual que a mi pueblo. Me fui adonde mis padres», declaró.

Caminó 18 kilómetros. Llegó cerca de las 19:00. «Era antes de oscurecer», dijo. En la plaza se encontró con Pedro Taucanea, padrino de “corte de pelo” de Domingo Eloy. «Estaba como desesperada. Me dijo que venía a dar cuenta a Carabineros que se le había perdido el hijo», declaró Taucanea.

El cabo 1° de Carabineros Franklin Troncoso llevaba un año en Alcérreca. Había visto a Gabriela Blas y a Domingo Eloy en Fondo Huaylas. La hizo pasar a la guardia cerca de las 20:00. Ella le contó lo mismo que declararía en el primer juicio en su contra por abandono de menor con resultado de muerte: que el lunes 23 de julio estaba pastoreando en Estancia Caicone; que se le habían quedado rezagados dos llamos; que había dejado a su hijo sobre el aguayo; que al volver, una hora después, su hijo ya no estaba; que lo buscó hasta la noche del 23 y en la mañana del 24.

Troncoso le preguntó a qué hora había dejado al niño. «Como a las 17:00», contestó la denunciante. Después por qué fue ese día y no el anterior. El cabo relató en el primer juicio: «Me dijo que tenía que guardar los animales y que por eso no había… [hace una pausa]. Y se le hizo tarde, por eso no pudo venir ese día. Y concurrió el día de hoy (sic) a las 20:00. El día que llegó manifesté… (hace otra pausa). Motivo que en la mañana ella sacó los animales para pastorear, para buscar una búsqueda ella para poder encontrarlo (sic) y llegó a esa hora al retén a solicitar la cooperación de nosotros, al otro día».

Notificó de la denuncia a su superior, el sargento 1° Gerardo Schroeder, y se preparó para salir en la pesquisa junto a otros funcionarios. Era de noche y había 10 grados bajo cero. Cuando salía, Gabriela Blas habría cambiado su declaración. «Cuando el personal iba a salir al sector de Caicone a buscar la búsqueda (sic), ella espontáneamente me manifestó que en el lugar había llegado el papá del menor, acompañado de otra persona, acompañado de un vehículo, solicitándole que le entregara el menor, y a raíz de la discusión que ella mantuvo con esta persona, con Eloy… Eloy… no me acuerdo el otro apellido, manifestó que el niño se había asustado y se corrió del lugar, y por eso se le había perdido», señaló Troncoso.
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Gabriela Blas dijo a la justicia que los carabineros la trataron con dureza. La increparon por no ir al retén de Tacora. Estancia Caicone pertenecía a la jurisdicción de esa unidad. «Desde Titiri para arriba, me dicen, y yo no sabía», acusó Gabriela Blas.

Le preguntaron por qué no fue al poblado de Humapalca, a 4 kilómetros de la estancia, donde había una radio, lo que habría permitido realizar una búsqueda más rápida. «Pero yo le he dicho que no sabía eso que en Humapalca había radio comunicación para poder llamar», dijo la mujer.

Luego le preguntaron por qué su hijo mayor estaba reconocido y Domingo Eloy no. «O será que el padre se lo ha llevado, me dicen», declaró la mujer. Y agregó que como las palabras de los funcionarios policiales le sonaron en tono de amenaza, cambió sus dichos: «Tuve que inventar que el padre se lo llevó, que vino un hombre, que dos hombres vinieron, que Pedro Mamani, y ahí tuve que decir… ya no decir la verdad», contó Gabriela Blas. «Les mentí porque yo no confiaba en ellos».

El cabo Troncoso fue a la casa de Emiliana Blas, hermana de Gabriela que vivía en Alcérreca, a contarle. Cerca de la medianoche Gabriela Blas se habría ido voluntariamente donde Emiliana, «solicitándole que estuviera a primera hora del día miércoles para iniciar la búsqueda en Caicone», explicó Troncoso.
Gabriela Blas contó que pidió permiso para ir a buscar toallas higiénicas a la casa de su hermana. «Mi hermana me dice que los carabineros le dicen que yo esa noche me iba a quedar donde mi hermana», declaró Gabriela Blas. No fue notificada de que estuviera detenida. A las siete de la mañana del día siguiente regresó al retén.
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A la misma hora del miércoles 25 de julio arribó al lugar un grupo de la Sección de Investigaciones Policiales (SIP) de Putre, una unidad que no viste uniforme. Ellos se encargarían del procedimiento. El sargento 2° Fermín Vergara y el cabo 1° Juan Alvarado interrogaron a Gabriela Blas. Luego de un rato, en que ella no hablaba, entregó una nueva versión: el niño se le había perdido en el sector sur poniente de la Estancia Caicone.

Un grupo de 15 carabineros y Gabriela Blas fueron al lugar. Se organizaron en una fila horizontal, separados por cinco metros y buscaron rastros de Domingo Eloy.

El cabo Alvarado era el encargado de conversar con ella. Estaba casado con una mujer aymara. Sabría como tratarla. Alvarado declaró que cuando ella hablaba «hacía un monólogo». «Hablaba, hablaba, hablaba, narraba todo, una versión y es lo que aportaba». Después, dijo, sólo «respondía con monosílabos».

Ese día Gabriela Blas firmó tres declaraciones en las que señalaba distintos lugares del sector de la Estancia Caicone donde se habría perdido Domingo Eloy. «Prácticamente recorrimos el sector completo de todos los lugares que ella nos manifestó», indicó el cabo Alvarado. «La búsqueda la encaminamos hacia un radio no más allá de 4 kilómetros, que es lo que podía haber avanzado el niño», señaló el sargento Vergara. Esa noche la SIP llevó a Gabriela Blas al retén de Tacora.

 

La dinámica del segundo y tercer día de búsqueda fue la misma. «Lo que necesitábamos era que ella nos contara la verdad de lo que había pasado, que nos explicara dónde estaba (Domingo Eloy), para ir y hacer las cosas como corresponde», declaró el cabo Alvarado.

Esas noches Gabriela Blas durmió en el retén de Alcérreca. «Para agilizar, para que no fuera a Fondo Huaylas, después ir a buscarla, ella espontáneamente manifestó quedarse en el retén», declaró Troncoso. Los carabineros afirmaron que se quedó de forma voluntaria, en calidad de víctima y testigo. En ningún caso detenida.

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El viernes 27, a las 11:00, se sumaron a la búsqueda dos funcionarios de la Patrulla de Acciones Especiales (PAE) de Carabineros de Arica: el teniente Pedro Vargas y el cabo 1° Nelson Maldonado.

Ese día interrogaron a Gabriela Blas dos personas vestidas con overoles verdes. Ella declaró que se identificaron como «Águilas Negras», que le amarraron un cordón al cuello y le preguntaron qué había hecho con su hijo; que como no respondía, la amenazaron con sumergirla en un tambor con agua y electrocutarla. Finalmente, dijo que uno de ellos desenfundó un arma y le apuntó. Entonces habló. Dijo que había asesinado a Domingo Eloy y les entregó la ubicación de su cuerpo.

El cabo Alvarado declaró que llegó «20 o 40 minutos» después de los hechos que denunció la mujer. Notó algo raro en ella. «Yo le pregunto qué es lo que pasaba y ella me dice: “No es que sabe qué, paso esto, esto y esto”, y conforme a lo que ella misma me narró yo di cuenta a mi mando». Gabriela Blas identificó al teniente Vargas como la persona que le amarró el cordón al cuello, la amenazó con electrocutarla y le apuntó.

El capitán Rodrigo Hidalgo, de la 2ª Comisaría de Putre, ordenó que se levantara una Acta de Declaración Voluntaria sobre lo sucedido. Alvarado y Troncoso tomaron la declaración el domingo en el retén.
Por la denuncia de tortura de Gabriela Blas, el lunes 30 de julio llegó a la Prefectura de Arica una orden de la 1ª Zona de Carabineros de Tarapacá para iniciar un sumario. Al cabo de seis días, el teniente coronel Guillermo Bezzenberger resolvió que las «formulaciones realizadas por la ciudadana no tienen ningún sustento jurídico, por cuanto se ha acreditado en autos que el actuar del personal, fue ajustado a derecho».
La resolución contradice la declaración de Gabriela Blas, registrada en el Acta de Declaración Voluntaria. El cabo Alvarado afirmó que al levantar esa acta, la mujer le señaló que uno de los funcionarios de la PAE, «le había rodeado su cuello con un cordón largo tipo botas, pero sin jalarlo ni causarle daño corporal, y amenazándola que la tirarían a un tambor con agua y que le pondrían corriente, desenfundar, sin apuntarle, un arma de fuego, temor que la obligó a mentir acerca de los hechos que rodearon la desaparición de su hijo y la ubicación donde había quedado» (lo subrayado es del documento original).

La resolución del sumario señala que Javiera López, Fiscal Adjunta Jefa de Arica, informó que Gabriela Blas era procesada por «abandono de menor en lugar solitario y obstrucción a la investigación» y que la mujer no le había «referido ningún tipo de maltrato o apremio ilegítimo de parte de algún funcionario de Carabineros». Esto venía a ratificar y confirmar «la falta de idoneidad y veracidad» de Gabriela Blas, porque el Ministerio Público ofrecía condiciones de «imparcialidad, objetividad, lugar y posición legal».
El teniente coronel Bezzenberger señaló que Gabriela Blas «proporcionó tantas versiones que ponen en dudas (sic) su pertinencia moral, de integridad y probidad». En definitiva, el sumario no emitió juicio sobre los hechos denunciados, sino sobre la calidad moral de la denunciante.

Se amonestó al capitán Rodrigo Hidalgo y se le llamó de atención al sargento 1° Gerardo Schreoder porque no entregaron los antecedentes de lo sucedido al Ministerio Público. El teniente Pedro Vargas, a quien se denunció por tortura, no recibió sanción.

La fiscal Javiera López indicó que no supo del sumario de Carabineros sino tres años después de la denuncia que lo motivó: «Es un antecedente que apareció en el juicio oral. Nunca se hizo la denuncia a la Fiscalía, pese a que me entrevisté muchas veces con ella».

-¿Sabe las razones de por qué no dieron crédito a la versión de Gabriela Blas?
-La verdad es que no lo sé. Yo no tuve acceso a ese sumario porque, como le digo, en juicio oral fue cuando esto apareció.

-Si eventualmente usted hubiera tomado conocimiento de estos antecedentes, ¿habría tenido que investigarlos?
-Lógico, los investigo. Me interesa para la causa obviamente.
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La fiscal López explicó que estuvo al tanto de las diligencias de Carabineros desde el primer día: «Le puedo decir claramente que ella no estuvo detenida, porque yo era la que daba las instrucciones en este caso y sé como llegó a Arica, porque conversé con ella cuando llegó (…). Me llamaba prácticamente todos los días el mayor, el jefe de zona de la Comisaría de Putre, para contarme cómo iba el avance de la búsqueda».
Sin embargo, el sargento Vergara y el cabo Alvarado declararon en los dos juicios contra Gabriela Blas que no dieron aviso al Ministerio Público de las diligencias, sino hasta el domingo 29 de julio. «Yo las declaraciones se las solicité a ella de forma voluntaria, porque nosotros estábamos frente a una denuncia de presunta desgracia», afirmó Alvarado.

Ese domingo, Gabriela Blas, junto con firmar el Acta de Declaración Voluntaria por torturas, dijo que el niño lo tenía Cirilo Silvestre, el dueño del rebaño que ella pastoreaba. Entregó su dirección en Arica. La SIP avisó al Ministerio Público para conseguir una orden de allanar el domicilio de Silvestre. Llevaron a Gabriela Blas a la ciudad. No encontraron al menor. La fiscal López pidió una orden de detención contra la mujer por obstrucción a la justicia. El cabo Alvarado, el mismo que le tomó todas las declaraciones en Alcérreca, le leyó sus derechos, le tomó una nueva declaración y la llevó a los calabozos de la 3ª Comisaría de Arica.
A las seis de la mañana del día siguiente, Gabriela Blas fue trasladada al cuartel de la Policía de Investigaciones (PDI) de Arica. Por orden de la fiscal, 20 minutos antes de ser llevada al control de detención, el comisario Juan Carlos Carrasco y el policía Ángel Parraguez, la interrogaron. Le tomaron una nueva declaración. Le preguntaron cómo mató a su hijo.

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El 30 de julio Gabriela Blas fue llevada al control de detención en el Juzgado de Garantía de Arica luego de permanecer seis días bajo la custodia de Carabineros. Se le asignó al abogado defensor Ricardo Sanzana, del estudio Defex Limitada. Ni en el control de detención, ni en la audiencia de formalización, Sanzana alegó una detención ilegal de su defendida en Alcérreca. Tampoco advirtió al Juez de la denuncia por tortura contra los dos funcionarios de la PAE.

Víctor Providel, Jefe de Estudios de la Defensoría Penal de Arica, señaló que esto recién se alegó en los juicios orales contra Gabriela Blas. Ahí, dijo, «presentamos un recurso de nulidad por infracción de garantías fundamentales».

-Pero en el Juzgado de Garantía no se presentó nada sobre este punto.
-No se alegó.

-¿Por qué?

-Esa es una pregunta que habría que hacerle al defensor que estuvo presente en la audiencia. Cuando llegué a hacerme cargo del juicio a finales del 2009, ya eran hechos consumados. ¿Nos pesó eso? Sí, nos pesó.
Gabriela Blas quedó recluída tres años en prisión preventiva en el Penal de Acha.

Las pesquisas de la Policía de Investigaciones partieron en agosto de 2007 y terminaron en octubre de 2008. Tal como con los carabineros, Gabriela Blas entregó distintas versiones de lo sucedido con su hijo: que se le cayó del aguayo; que lo mató con una piedra; que lo asfixió y luego lo remató con un palo; que lo abandonó en la línea del tren; que se lo entregó a un boliviano.

La PDI realizó indagatorias para verificar cada versión, sin dar con Domingo Eloy. Interrogaron a Cecilio Blas, hermano de Gabriela. El 24 de agosto de 2007 le tomaron una muestra de saliva para obtener su perfil genético. Cecilio Blas confesó que tuvo relaciones sexuales con su hermana. El funcionario de la PDI Ángel Parraguez señaló que Cecilio Blas entregó la muestra voluntariamente y que se le advirtió que podía ser autoincriminatoria. Pero no cumplió con la obligación legal de dejar constancia de ello. Tampoco que podía incriminar a Gabriela Blas.

El 13 de octubre del 2008 se realizó la audiencia de cierre de investigación. Cecilio y Gabriela Blas fueron formalizados por el delito de incesto. A ella, además, se la acusó de obstrucción a la justicia y de abandono de menor en lugar solitario.
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Domingo Eloy estaba boca abajo, en Palcopampa, a los pies del volcán Tacora.

 

El 2 de diciembre del 2008 el pastor aymara Fortunato Tapia Calizaza encontró el cuerpo de un niño con las ropas que Gabriela Blas declaró que llevaba su hijo. Había pasado casi un año y medio de su desaparición. Los calzoncillos largos, la polera, el polerón, el polar, el pantalón de buzo. El gorro de lana se hallaba a unos metros del cuerpo. Los calcetines, guardados en el bolsillo del buzo. Un poco más lejos estaban las chalas.
El cuerpo estaba a 18 kilómetros de dónde lo dejó la madre. A siete kilómetros del pueblo más cercano. Para llegar a Palcopamapa el niño tuvo que bajar la quebrada del río Azufre; cruzar el río, con un caudal de medio metro; subir la quebrada; esquivar socavones de cuatro metros de ancho; y caminar seis kilómetros por la pampa. «Este camino tiene una particularidad», declaró Roberto Arias, funcionario en retiro del Ejército: «Está obligado a pasar por un campo minado».

El peritaje del Servicio Médico Legal (SML) señaló que la causa de muerte era «indeterminada». Además, por el estado de preservación del cadáver, era «extremadamente difícil definir una fecha exacta de muerte». El perito de la defensa, Luis Ravanal, llegó a las mismas conclusiones. Agregó que no había «signos de acción de terceros». A su vez, el examen histológico realizado por el SML de Santiago reveló que no había «elementos suficientes para formular una hipótesis de causa de muerte».
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Claudia Nataly Montserrat, la hija de Gabriela Blas con su hermano Cecilio, fue declarada susceptible de ser adoptada el 11 de septiembre de 2008. El proceso se inició en febrero. La madre estaba en prisión preventiva, a la espera de juicio. Sobre ella había una presunción de inocencia. Sin embargo sus antecedentes le pesaron. «En el caso de Gabriela influyó que ella entregara la custodia de su hijo mayor, que estuviera procesada por abandonar a otro hijo y que no diera señales de preocupación por Claudia», señaló Viviana Matta, directora del Servicio Nacional del Menores (Sename) de Arica.

La menor llevaba un año en Conin. Su directora, Marisol Molina, señaló que la madre «nunca fue a buscar a la niña». Gabriela Blas declaró, en cambio, que se presentó en la institución: «Me dijo que tenía que tener contrato de trabajo, una madre que tenga una casa habilitada y que esté en buen estado para poder tener a la Claudia». Su hermano Cecilio declaró que «hizo todo lo posible por retirarla».

La ley establece que la sentencia de adopción es irrevocable. Personas que conocieron el caso señalaron que Claudia Nataly fue dada en adopción internacional. Perdió sus tres nombres y dos apellidos. Se le asignó un nuevo RUT. Sus padres adoptivos estuvieron con ella en Arica. En una carpeta se llevaron el nombre y origen étnico de sus padres biológicos. «Aún si Gabriela no hubiera sido condenada, si el tribunal había determinado que existían las causales suficientes para que la niña fuera declarada susceptible de ser adoptada y se había fallado su adopción, desde un punto de vista legal, habría sido prácticamente imposible que recuperara a su hija», explica Denissa Donaire, jefa del Programa de Adopción de Fundación Mi Casa.

III.

El primer juicio oral contra Gabriela Blas partió el lunes 5 de abril del 2010 y terminó el sábado siguiente. El Ministerio Público, representado por la fiscal Javiera López, sostuvo en su alegato de apertura que Gabriela Blas no cumplió su obligación de madre «garante de la seguridad de su hijo». Su modo de actuar iba «incluso contra las leyes de la naturaleza». Alegó que aquellos son roles transculturales, «que van con el contenido genético y biológico de una madre».

No era un problema étnico. El altiplano es un lugar hostil. No se puede dejar a un menor en un lugar así. Tampoco fue un accidente, como el de un niño que cae a una piscina. «Si se equiparara a ese ejemplo, doña Gabriela Blas Blas empujó a su hijo a la piscina y se aseguró que nadie lo rescatara», concluyó la fiscal.
El defensor, Víctor Providel, señaló que los aymaras «son distintos a nosotros». Tienen otras costumbres y forma de ver el mundo. En Alcérreca, dijo el abogado, Gabriela Blas fue tratada como imputada. Y un imputado no está obligado a declarar, «incluso tiene derecho a mentir».

Providel explicó que la PDI recibía 300 denuncias anuales por presunta desgracia de menores de siete años. Sesenta nunca son aclaradas. «Jamás se ha iniciado una investigación de alguien que haya sufrido esta desgracia», dijo.

Por la fiscalía se presentaron siete testigos y ocho peritos. Por la defensa, tres testigos y cuatro peritos. Además, Gabriela Blas subió al estrado a declarar. Repitió lo mismo que le dijo al carabinero en Alcérreca cuando hizo la denuncia por presunta desgracia: que el lunes 23 de julio estaba pastoreando en Estancia Caicone; que se le habían quedado rezagados dos llamos; que había dejado a su hijo sobre el aguayo; que al volver, una hora después, su hijo ya no estaba; que lo buscó hasta la noche del 23 y la mañana del 24.
Fue condenada a diez años y un día de cárcel. Los miembros del tribunal determinaron que su comportamiento «errático» acreditaba «una conducta anómala para una madre», cualesquiera que fuere «su origen étnico». Como mintió, no podían dar «verosimilitud a su versión de extravío». Llegaron a la convicción de que «tuvo la suficiente frialdad y audacia de crear diversas historias a fin de evitar ser descubierta en su conducta ilícita». Afirmaron que en el juicio no estaba «comprometida la costumbre aymara, en la medida que no es propia de ella dejar abandonados a menores».

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La defensa de Gabriela Blas presentó un recurso para anular el juicio. Argumentó que no hubo un debido proceso porque se violó la presunción de inocencia de la acusada, no se «valoró de modo adecuado la prueba» y los «fundamentos del fallo» eran incorrectos.

La Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso. El 30 de agosto de 2010 resolvió que los jueces se equivocaron al desechar la versión de extravío entregada por Gabriela Blas porque sólo consideraron el testimonio de los funcionarios policiales «respecto de la conducta mantenida por la imputada durante la pesquisa». Su comportamiento, «por cierto errático», señaló el dictamen, «no conduce indefectiblemente a sostener que ella dejó abandonado al menor en forma intencional en ese lugar solitario». Y sostuvo que esa conducta se podría deber al «temor por la reacción familiar y de la autoridad policial».
Además, la corte señaló que el fallo del tribunal era «contradictorio»: «Por una parte se reconoce que la causa de la muerte ha sido indeterminada por los peritos y, no obstante ello, fijan una data cercana entre la muerte del menor y la denuncia de su extravío (sin apoyo científico)».
Se anuló la sentencia y el juicio oral. Gabriela Blas recuperó la libertad después de tres años y un mes en prisión preventiva. Esperó el nuevo juicio, fijado para dos meses más, en la casa de su tía Celedonia Choque, en Arica.
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Esta vez Gabriela Blas decidió no declarar. «La experiencia anterior fue muy devastadora», señaló su abogado, Víctor Providel. «Nuestra voluntad era que lo hiciera. Creíamos que necesitaba contar su historia a su modo, llena de detalles que hacen que tenga sentido y lógica», comentó.
Los días previos al juicio fue sometida a un interrogatorio simulado, «yo diría que al 50 por ciento de lo que podría hacer el Ministerio Público», indicó el abogado, «pero no fue capaz de mantenerse entera».
Sin embargo, las condiciones eran distintas. Ahora había un fallo de la Corte de Apelaciones local que respaldaba el modo de razonar de la defensa. A las 9:14 del 4 de octubre del 2010, el juez presidente de la Sala, Mauricio Vidal, leyó la acusación. En sus alegatos de apertura, la Fiscalía y de la Defensa expusieron las mismas tesis que en el juicio anterior. La Defensa llevó a dos testigos y tres peritos. Por su parte, el Ministerio Público llevo siete peritos y nueve testigos: un ex militar, dos aymaras, cinco carabineros y dos funcionarios de la PDI. Los policías volvieron a hacer hincapié en las diversas versiones entregadas por la acusada.
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El juicio duró tres días. La mitad que el anterior. Esta vez los magistrados condenaron a Gabriela Blas a 12 años de cárcel. El texto con la formulación de los hechos que lograron establecer, «más allá de toda duda razonable», es el mismo que el de la sentencia anterior. Las mismas 20 líneas y 245 palabras. Como un “cortar y pegar”.
En el Tribunal Oral Penal de Arica dicen que los jueces no opinan de sus fallos. Los magistrados «hablan por sus sentencias».
En su dictamen, los jueces afirmaron que Gabriela Blas abandonó con dolo a su hijo porque «es oriunda y conocedora de la zona en la que había pastoreado antes» y sabía «de los peligros» que «existen en cualquier lugar solitario, como lo es el altiplano chileno». Si vio que dos animales se quedaban rezagados y fue a su rescate, no entendían cómo fue que «en su posición de garante, de madre indígena conocedora de los peligros, no se representó que la pérdida o el ataque de un animal feroz podía acontecerle a su hijo».
Tal como los jueces del primer juicio, concluyeron que era «posible sostener que la acusada no quería que se encontrase a su hijo»: denunció el extravío un día después de sucedido, no fue al retén más cercano y con su comportamiento «distrajo a la policía».
La causa de muerte era el abandono, como en el primer fallo. Con los mismos peritajes del juicio anterior fijaron una data de muerte. «Está claro que el niño murió en invierno, en una época cercana al abandono (julio)».
Era sostenible, dice el segundo dictamen, que durante la búsqueda en Alcérreca la mujer hubiera sufrido apremios y amenazas de funcionarios policiales, «pero no en la primera (declaración), tampoco en el momento que los carabineros se disponen a buscar al niño, oportunidad que ella cambia la versión, incluye a Eloy García y evita la búsqueda temprana de su hijo».
El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Ley Indígena obligan a respetar la costumbre o derecho consuetudinario en juicios a personas de pueblos originarios. Los magistrados señalaron que la defensa mostró a la acusada «como una mujer indígena totalmente fuera de la cultura “occidental”». Sin embargo, indicaron que Gabriela Blas fue al colegio «hasta sexto año básico», trabajó nueve meses como «empacadora de tomates en Azapa», también en un restaurante en Zapahuira «donde sostuvo relaciones de pareja con los camioneros que pasaban» e hizo un reclamo en la Dirección del Trabajo por no pago de sus cotizaciones, «trámites que no podría haber efectuado una persona con deprivación cultural». Además, el fallo indica que en su casa de Alcérreca la PDI encontró «prendas femeninas y documentación en el lugar, tales como toallas higiénicas y su carnet de Fonasa».
Gabriela Blas, sostiene el fallo, no respetó la costumbre descrita por los peritos de la defensa de dejar a los menores «en una lomita para mirarlos y no perderlos de vista». Dejó al niño en el suelo, sobre un aguayo. Además, tal como se decía en el fallo anterior, no estaba «comprometida la costumbre aymara, en la medida que no es propia de ella dejar abandonados a menores».
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Para el antropólogo Gundermann el argumento de que Gabriela Blas no era aymara porque usaba toallas higiénicas y tenía carnet de Fonasa es «una tontera»: «Piensa nada más en el Censo. Oficialmente en este país, por ley, la pertenencia étnica es un acto de auto adscripción. A ti no te preguntan si hablas la lengua mapuche, aymara o rapanui, para ser censalmente mapuche, aymara o rapanui».
Su colega, Vivian Gavilán, dice que hubo una «desesperación de la Defensa por argumentar que son distintos». La Defensa presentó dos peritajes sobre los aymaras y la comunidad de Gabriela Blas: el Informe Intercultural, de Inés Flores, y Las prácticas de costumbre en el contexto de la cultural aymara, de Alejandro Supanta, ex-funcionario de la Conadi y dirigente aymara. «Con estos dos peritos estimamos que se lograría acreditar la costumbre», opinó el abogado Providel. «Si me pregunta, ahora, después de la experiencia, como una autocrítica, tal vez no fue suficiente», agregó.
El peritaje de Supanta señala que Gabriela Blas «no tuvo la posibilidad de observar y convivir con una familia bien constituida». Como ella vivía en un caserío aislado «no tuvo la oportunidad de ver a otras familias y madres cumpliendo los roles de madre que cuidan a sus hijos y que los preparan para enfrentar la vida adulta». A su vez, Inés Flores indica que como Gabriela Blas llegó hasta 6º básico, estaba impedida de «establecer diferencias entre la cultura propia y la de otros interactuantes».
«Sin duda que una pastora puede llevar una vida en un ambiente relativamente aislado», afirma Hans Gundermann. «Pero de ahí a que sea una suerte de sujeto exótico, yo creo que no cabe». Gabriela Blas fue a la escuela, sabe leer y escribir, habla español y aymara, trabajó en distintas zonas rurales y vivió en Arica.
Inés Flores señala en su informe: «La imposición de un nuevo sistema normativo -desde España y posteriormente desde las repúblicas- en las comunidades aymaras, ha alterado el equilibrio individual y comunitario, afectando la convivencia de sus miembros». Las consecuencias, escribe Flores, «son observables en la interacción familiar de la imputada». Pero Gundemann asegura que a lo largo de su carrera ha observado en las comunidades aymaras «una capacidad de adecuación y adaptación, de recrearse históricamente, bien interesante».
Supanta escribe que la mujer aymara es repudiada «cuando entra en contacto con personas del sexo masculino». Inés Flores afirma que las mujeres son «intimidadas psicológica, cultural y socialmente cuando son interrogadas por hombres». «Las mujeres aymaras mayores corrigen a otras diciendo “chacha chachallakipiniwa” (ser hombre es respeto, es autoridad)», sostiene Flores.
 

Sin emitir un juicio sobre la personalidad de Gabriela Blas, Gundermann afirma que las mujeres aymaras «no son unos seres subordinados hasta la abyección», «Es gente que puede vivir situaciones de subordinación, pero que también piensan, también reaccionan». Gladys Vásquez, pastora aymara de Estancia Viluyo, explica que antiguamente se daba ese estado de sumisión, «pero hoy, por lo menos en nuestro sector, la relación entre hombre y mujer es equitativa».

El comportamiento de Gabriela Blas en el retén de Carabineros, dice el antropólogo Gundemann, se podría explicar sin recurrir a un argumento como el del «chacha, chachallakipiniwa» (ser hombre es respeto, es autoridad).

«Entiendo que eso ha cambiado bastante, pero hace unos 30 o 40 años atrás, la relación con Carabineros era una relación dura», afirma Gundnerman. «Los pobladores, y las mujeres evitaban cualquier contacto porque no querían exponerse a burlas, agresiones verbales o incluso, en algunos casos, a agresiones físicas». Es probable que Gabriela Blas no sea ajena a esa historia, que pudo quedar en la memoria de sus padres o abuelos.

El informe de la Comisión Verdad Histórica y Nuevo Trato con los Pueblos Indígenas señala que luego del Golpe de Estado de 1973 se despliega en la zona una ideología «asimilacionista y de frontera». Se trata de «chilenizar» a la población, y se desconocen «las particularidades culturales propias del pueblo aymara».
El investigador Juan Carlos Mamani, en su libro Los rostros del aymara en Chile: El caso Parinacota, describe como Carabineros ejerció en la primera mitad del siglo XX «una permanente coerción verbal, cargada de una ideología nacionalista y discriminatoria sobre la población para que abandonen la lengua indígena».
Mamani recoge el testimonio de ancianos que recuerdan como los insultaban: «Habla como la gente», «indios de mierda», «nunca hay que hablar aymara, huevones, sino los voy a matar». También recopiló testimonios sobre policías interesados en aprender aymara o que les enseñaron a los pobladores a leer y escribir. Sin embargo, como dice una anciana de la comuna de General Lagos, de donde es Gabriela Blas: «Grave era… los carabineros saben retar».
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En las salas del Tribunal Oral en lo Penal de Arica hay silencio. Sin embargo, en conversaciones informales en los pasillos del Tribunal se repite una opinión: «¡Cómo es que seis jueces se pueden equivocar!».
Para el abogado Juan Pablo Mañalich, doctor en Derecho Penal y profesor de la escuela de Derecho de la Universidad de Chile, «uno de los problemas gruesos de las dos sentencias es cómo entienden los jueces los deberes o cargas de prueba». El Ministerio Público tenía el «deber de probar» la intención de Gabriela Blas de abandonar a su hijo para que muriera.
Para la Fiscal Javiera López fue relevante lo que declaró Gabriela Blas cuando presentó la denuncia en Carabineros. «Es una madre que desde el punto de vista jurídico tiene la calidad de garante. Se supone que su hijo se le perdió, sin embargo en esa calidad y en esa situación ella hace lo imposible, pero lo imposible, para que no encuentren a Domingo. Y lo logra».
La sentencia sugiere que el Ministerio Público demostró el comportamiento «errático» de Gabriela Blas. Incluso que su versión del extravío no era cierta. «El punto es que eso deja la cuestión en cero», advierte Mañalich. «No porque lo que haya declarado la imputada no es creíble, eso lleva a un piso mínimo en el que las afirmaciones que se tienen por verdaderas sean solo las que hace el Ministerio Público», añade.
En la sentencia se asume que lo que afirman los acusadores se debe entender como verdadero, salvo que la defensa lo refute. «Eso es inaceptable», opina Mañalich, «porque, en rigor, la defensa puede asumir la estrategia de no hacer nada».
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El Convenio 169 de la OIT Sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, tratado internacional ratificado por Chile en 2008, garantizaba a Gabriela Blas que se le consideraran «sus costumbres o su derecho consuetudinario», que se respetasen los métodos de su etnia a los que «recurren tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por sus miembros», y a dar «preferencia a tipos de sanción distintos del encarcelamiento».
«La justicia “qullana” aymara es de naturaleza preventiva, más que punitiva», explica Tomás Alarcón, abogado y aymara peruano asesor del Parlamento del Pueblo Qullana Aymara P.P.Q.A. «Los “amawtas” (consejeros sabios) habrían averiguado las causas del hecho y luego ejercido una acción de protección del binomio madre-niño», dice Alarcón.
Para Mañalich, afirmar que Gabriela Blas no es indígena porque usa toallitas higiénicas es «una vía para explotar el prejuicio». Una persona que pertenece a una comunidad indígena no deja de serlo si se inserta dentro del Estado al que pertenece la comunidad. «Es una cuestión que está zanjada en el derecho internacional», sostiene Mañalich.
Finalmente, el tribunal le restó toda aplicabilidad al Convenio 169 cuando fijó la pena contra Gabriela Blas. El convenio dispone que deben favorecerse sanciones no privativas de libertad y ajustadas, en lo posible, a las costumbres del grupo étnico. Los jueces interpretaron que su obligación era conceder ese beneficio si en nuestra legislación hubiese «una pena alternativa o si la Ley 18.216 (que establece medidas alternativas a las penas privativas de libertad) fuese aplicable a sanciones superiores a los cinco años y un día», tal como lo indicaron en la sentencia. «El problema es que eso vuelve completamente irrelevante cualquier referencia al Convenio 169», refuta Mañalich: «Si el argumento es que “el Convenio 169 lleva a eso si es que la ley chilena lleva a eso”, entonces no se necesita el Convenio 169».
En el nuevo procedimiento penal no se puede pedir la nulidad de una segunda sentencia condenatoria, «lo que hace bastante perversa la cuestión», comenta el académico de la Universidad de Chile. Nada sugiere que los jueces que se equivocaron una oportunidad, no lo hagan en una segunda.
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Después del segundo juicio se articuló un grupo de dirigentes aymaras para denunciar lo que a juicio de ellos constituyeron arbitrariedades en el caso de Gabriela Blas. En el grupo estaban Félix Humire (del P.P.Q.A), Francisco Rivera (dirigente de la comunidad de Camarones) e Inés Flores, la facilitadora intercultural. Sin embargo, «durante el desarrollo de la investigación y el desarrollo de los dos juicios, no hubo una especial preocupación de las comunidades indígenas sobre este tema», dice Víctor Providel. En las audiencias solo estuvo presente Rivera.
El grupo consiguió que las ONG Observatorio Ciudadano de los Derechos Indígenas y Corporación Humanas patrocinaran una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado de Chile. «No hay otra prueba inculpatoria contra Gabriela Blas que no sea un testimonio contradictorio dado en condiciones de detención arbitraria e ilegal», explica Nancy Yáñez, codirectora del Observatorio Ciudadano. «Eso sola situación amerita una acción ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos», estima.
La denuncia se presentó en mayo de 2011. Se debe resolver su admisibilidad, el primer paso para un eventual juicio en la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Los plazos son largos, como la condena de Gabriela Blas.
La solicitud de indulto presidencial la presentó el diputado Orlando Vargas del Partido Por la Democracia (PPD). La petición se aprobó el 14 de octubre del 2010, con el apoyo de todos los sectores políticos. El pasado martes 29 de mayo el Presidente Sebastián Piñera rechazó conceder el indulto total, pero rebajó la pena a seis años. Eso significa que Gabriela Blas debe esperar un año más para lograr su libertad.
Gabriela Blas cumple su condena en el penal de Acha, 12 kilómetros al sur de Arica. Su familia no la va a ver. Teje y lee la Biblia. Se hizo Pentecostal. Cuando quede libre, quizás vuelva sobre las huellas que trazó su hijo el día que se perdió. La llevarán al cementerio de Alcérreca, donde una cruz de madera marca el fin del camino de Domingo Eloy.

 http://ciperchile.cl/2012/06/01/la-historia-no-contada-de-la-pastora-aymara-condenada-por-extraviar-a-su-hijo/

CONCEDEN INDULTO PRESIDENCIAL A PASTORA AYMARA GABRIELA BLAS, PERO SEGUIRÁ EN PRISIÓN

POR PAULINA ACEVEDO

·        El indulto corresponde a una reducción de pena a seis años, y no una remisión de la misma, por lo que Gabriela, que ya ha cumplido más de cuatro años en prisión, deberá permanecer aún recluida.

·        La pastora se mostró con sentimientos encontrados frente a esta noticia, pues si bien se siente contenta con el indulto, le produjo gran angustia el no alcanzar su libertad de forma inmediata.


El Defensor Penal Público, Víctor Providel, abogado de Gabriela Blas y el capitán de Gendarmería a cargo de la cárcel de Acha en Arica, dieron a conocer a la pastora aymara el decreto que le otorga -mediante indulto- una reducción de pena por la muerte accidental de su hijo, de 12 a 6 años.

Cabe destacar que el efecto de este indulto es solo de reducción y no de remisión de pena, por lo que Gabriela no quedará inmediatamente en libertad.  Por lo mismo la abogada de Corporación Humanas, Catalina Lagos, destacó que “si bien valoramos la reducción de pena, consideramos que dado el grado de discriminación y vulneración de derechos humanos que sufrió Gabriela Blas, el indulto debió consistir en un perdón total de la misma y permitir su liberación inmediata”.

Por su parte la abogada del Observatorio Ciudadano, Consuelo Labra, aclaró que “por medio de este indulto el Estado realiza un reconocimiento de responsabilidad respecto de la vulneración de derechos humanos de que ha sido objeto Gabriela Blas”.

Se debe recordar, finalmente, que el caso de Gabriela Blas se encuentra en la actualidad en revisión por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, en virtud de una denuncia patrocinada por el Observatorio Ciudadano y la Corporación Humanas ante la Comisión Interamericana de Derechos, por el trato discriminatorio y las faltas al debido proceso de que ha sido víctima Gabriela durante toda la tramitación de la causa por la que se la condenó a esta excesiva e injusta pena.

Los hechos
 
En julio de 2007 la pastora aymara Gabriela Blas Blas extravió a su hijo de tres años, Domingo Eloy Blas, durante labores de pastoreo, tras devolverse a buscar dos llamos que se habían quedado rezagados del rebaño. En un principio, la joven pastora pensó que el menor se había dirigido a la casa, distante a unos 800 metros del lugar donde debía esperarla. Lo buscó ahí, posteriormente en el corral y luego en las inmediaciones, gritando su nombre sin resultado positivo.
 

 
Al caer la noche, detuvo la búsqueda puesto que la oscuridad hacía inviable seguir la huella de Domingo y porque las bajas temperaturas no le permitían continuar con ella sin poner en riesgo su propia subsistencia.  Al día siguiente, sin resultados aún en la búsqueda de su hijo, decide ir a solicitar ayuda y caminó hasta Alcérreca, un poblado localizado a 17 kilómetros de donde se encontraba, a informar a carabineros de lo sucedido, quienes desde un principio la culparon de la muerte de su hijo. 
 
Durante los próximos siete días, Gabriela fue mantenida en condiciones de detención ilegal en diferentes dependencias de Carabineros en el Altiplano de la provincia de General Lagos, donde relató haber sido sometida a apremios ilegítimos constitutivos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes.
 
Transcurridos estos siete días de detención ilegal, Gabriela es trasladada a la ciudad de Arica, donde se efectúa su control de detención, quedando en prisión preventiva. Esta privación de libertad se extendió por tres años, de los cuales los cinco primeros meses fueron en condiciones de aislamiento, siendo tratada desde un primer momento por la prensa como parricida, sin observancia al principio de inocencia.

Esta extendida prisión preventiva -una de las más largas en Chile desde la Reforma Procesal Penal- careció de todo criterio de razonabilidad y proporcionalidad, por cuanto fue la propia Gabriela Blas quien denunció personalmente el hecho, siempre se puso a disposición de las autoridades y jamás existió riesgo de fuga o hechos de los cuales pudiera presumirse su intención de sustraerse a la acción judicial.-

 Luego de dos juicios orales, habiéndose anulado el primero por vulneración de garantías judiciales decretadas por la Corte de Apelaciones de Arica y en circunstancias que el cuerpo  del menor fue encontrado sin vida, sin ningún rastro que permitiera atribuir su muerte a la acción de terceros, Gabriela fue condenada a 12 años de privación de libertad por el delito de abandono con resultado de muerte. La sentencia condenatoria se basa en una visión urbana, occidental de cuál debiera constituir la conducta esperable de una madre, sin consideración de las circunstancias culturales propias de Gabriela, en cuanto pastora aymara.


(*) PERIODISTA DEL OBSERVATORIO CIUDADANO.

La pastora aymara condenada por la muerte de su hijo que pide el primer indulto presidencial a Piñera

Luego de 5 años encerrada en la cárcel de Arica, La Moneda evalúa el beneficio

 En octubre de 2010, Gabriela Blas fue condenada a 12 años de prisión por la muerte de su hijo de 3 años. El pequeño Domingo se perdió en la Pampa luego de salir a pastorear con ella y su cuerpo fue encontrado, momificado, más de un año después. Las organizaciones que la defienden argumentan que hubo discriminación, ya que los sentenciadores castigaron el abandono del niño sin tomar en cuenta el rol de una mujer aymara mientras cuida animales en la pampa. En tanto, su hija mayor fue dada en adopción al extranjero.

Defensora abogó por indulto a mujer aimara condenada por abandono de su hijo

a abogada de la Corporación Humanas, Catalina Lagos, acusó discriminaciones cruzadas en el caso de una pastora aimara que fue condenada a 12 años de presidio por haber perdido a su hijo de tres años en 2007, y quien solicitó el indulto al Presidente Sebastián Piñera.

Escuche entrevista:  http://www.cooperativa.cl/prontus_media/site/edic/base/port/audios.html?_ts=20120517213338

Abogadas representantes de Gabriela Blas piden que indulto presidencial particular permita su libertad inmediata


  • Vulneración del debido proceso, detención ilegal, apremios ilegítimos constitutivos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes por parte de Carabineros, tres años de prisión preventiva, son algunas de las violaciones a los DDHH sufridas por la pastora aymara.

    El Observatorio Ciudadano y Corporación Humanas interpusieron una denuncia ante la CIDH en contra del Estado de Chile, por violación a derechos y garantías establecidos en las Convenciones Americana de Derechos Humanos y Belém do Pará.
Un llamado a que el indulto presidencial solicitado a favor de la pastora aymara Gabriela Blas sea aprobado en el menor tiempo posible y que remita o conmute su pena para que sea puesta en libertad de manera inmediata, hicieron sus abogadas representantes, Consuelo Labra, del Observatorio Ciudadano y Catalina Lagos, de Corporación Humanas.

La abogada Consuelo Labra recalcó que el indulto solicitado al Presidente de la República en el caso de Gabriela Blas “se ajusta plenamente a los objetivos humanitarios que autorizan esta excepcional facultad presidencial, terminando en parte con la inmensa injusticia y discriminación de que ha sido objeto Gabriela”.

Frente a la información que circula en diversos medios de comunicación relativa al otorgamiento de un indulto presidencial particular a Gabriela Blas, la abogada reiteró la necesidad de que en virtud de los antecedentes expuestos, el indulto sea aprobado lo antes posible y que, en definitiva, consista en uno que remita o conmute su pena en términos que sea puesta en libertad de manera inmediata.

Según explicó Catalina Lagos, abogada de Corporación Humanas, el caso de la pastora aymara Gabriela Blas -que perdió a su hijo de tres años mientras pastoreaba en el Altiplano, lo que resultó en la muerte del menor-, está caracterizado por su detención ilegal, la falta de entrega de información sobre su condición de detenida y de sus derechos, la falta de un debido proceso, además de la obtención de pruebas sin la orden de un Fiscal o judicial y mediante sometimiento a tratos inhumanos y degradantes.

“El de Gabriela es un caso de discriminaciones cruzadas, es decir, que se caracteriza por ser el de una víctima en una doble situación de vulnerabilidad: por ser indígena y además por ser mujer”, sostuvo la abogada y agregó que “la falta de acceso a la justicia que ha padecido Gabriela es una muestra de una situación generalizada que afecta a las mujeres indígenas por parte de un sistema legal (judicial y administrativo) que no considera sus específicas condiciones socio-culturales y que ha sido incapaz de revertir un modelo histórico de discriminación”.

Consuelo Labra aseguró que tras la trágica pérdida de su hijo, “Gabriela Blas ha sido víctima durante todo el proceso penal -incluidas las etapas de investigación, formalización, acusación, juicio oral, condena y cumplimiento de la misma- de diversas vulneraciones a derechos fundamentales, tales como el derecho a la integridad física, psíquica; y a la libertad y seguridad personales”.

La abogada afirmó que “Gabriela Blas fue privada del principio de presunción de inocencia durante todo el proceso penal y además se desconocen las condiciones de ocurrencia de los acontecimientos y los factores culturales durante toda la etapa de investigación.”

Agregó que la sola persecución penal de Gabriela por el delito de abandono evidencia ya un acto discriminatorio en el sentido clásico, por cuanto se la trata diferente que al resto de la población en su situación, sin que exista una justificación razonable para ello. En Chile se presentan cerca de 3.000 denuncias por pérdida de personas al año, de las cuales alrededor de un 20% nunca son resueltas, sin que existan acusaciones por el delito de abandono en tales casos.

Por ello, el Observatorio Ciudadano y Corporación Humanas, en representación de Gabriela  Blas, interpusieron una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en contra del Estado de Chile, por violación a derechos y garantías establecidas en las Convenciones Americana de Derechos Humanos y en la Convención para Prevenir, Erradicar y Sancionar la Violencia Contra la Mujer.

Actualmente, Gabriela Blas cumple una condena de 12 años en la cárcel de Arica, tras ser declarada culpable del delito de abandono de menor en lugar solitario con resultado de muerte.

Los hechos

En julio de 2007 la pastora aymara Gabriela Blas Blas extravió a su hijo de tres años, Domingo Eloy Blas, durante labores de pastoreo, tras devolverse a buscar dos llamos que se habían quedado rezagados del rebaño. En un principio, la joven pastora pensó que el menor se había dirigido a la casa, distante a unos 800 metros del lugar donde debía esperarla. Lo buscó ahí, posteriormente en el corral y luego en las inmediaciones, gritando su nombre sin resultado positivo.

Al caer la noche, detuvo la búsqueda puesto que la oscuridad hacía inviable seguir la huella de Domingo y porque las bajas temperaturas no le permitían continuar con ella sin poner en riesgo su propia subsistencia.  Al día siguiente, sin resultados aún en la búsqueda de su hijo, decide ir a solicitar ayuda y caminó hasta Alcérreca, un poblado localizado a 17 kilómetros de donde se encontraba, a informar a carabineros de lo sucedido, quienes desde un principio la culparon de la muerte de su hijo.

Durante los próximos siete días, Gabriela fue mantenida en condiciones de detención ilegal en diferentes dependencias de Carabineros en el Altiplano de la provincia de General Lagos, donde relató haber sido sometida a apremios ilegítimos constitutivos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes.

Transcurridos estos siete días de detención ilegal, Gabriela es trasladada a la ciudad de Arica, donde se efectúa su control de detención, quedando en prisión preventiva. Esta privación de libertad se extendió por tres años, de los cuales los cinco primeros meses fueron en condiciones de aislamiento, siendo tratada desde un primer momento por la prensa como parricida, sin observancia al principio de inocencia.

Esta extendida prisión preventiva -una de las más largas en Chile desde la Reforma Procesal Penal- careció de todo criterio de razonabilidad y proporcionalidad, por cuanto fue la propia Gabriela Blas quien denunció personalmente el hecho, siempre se puso a disposición de las autoridades y jamás existió riesgo de fuga o hechos de los cuales pudiera presumirse su intención de sustraerse a la acción judicial.-

Luego de dos juicios orales, habiéndose anulado el primero por vulneración de garantías judiciales decretadas por la Corte de Apelaciones de Arica y en circunstancias que el cuerpo  del menor fue encontrado sin vida, sin ningún rastro que permitiera atribuir su muerte a la acción de terceros, Gabriela fue condenada a 12 años de privación de libertad por el delito de abandono con resultado de muerte. La sentencia condenatoria se basa en una visión urbana, occidental de cuál debiera constituir la conducta esperable de una madre, sin consideración de las circunstancias culturales propias de Gabriela, en cuanto pastora aymara.

http://www.observatorio.cl/node/6337